Escrito por DarkAngel el Jueves, 22 de Diciembre del 2005 a las 5:10 pm
Notificación recibida en la empresa que curro:
ENTRADA EN VIGOR: 1 DE ENERO DE 2006.
NORMAS DE ACTUACIÓN DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS TRABAJADORES DE XXXXXX, EN RELACION A LA APLICACIÓN DE LA CITADA LEY:
- Existe una prohibición absoluta de fumar (art.7)
En cualquier lugar del centro de trabajo, se incluyen: despachos individuales, aseos, vestuarios, vehículos de transporte de empresa, talleres, comedores… .
A cualquier hora; independientemente del turno….
No se puede habilitar ni generar ningún área (sala) para fumar.
Afecta a todas las personas (incluidas las visitas)
- Los sujetos responsables (art.19 y 20), son los autores. Esto es, responderá de la posible sanción económica:
La persona que fuma (desde 30€ a 600€),
El que deja fumar (si un mando o responsable, ve a alguien fumando y no se lo prohibe también es responsable) y por último,
La dirección de la Empresa (infracción grave desde 601€ a 10.000€).
La dirección de la Empresa podrá sancionar al infractor que desobedezca estas normas con amonestaciones u otras sanciones.
- Programas de deshabituación (art.11 y 12)
Desde el Servicio de Salud Laboral de XXXXXX se ofrece a todos los trabajadores interesados en dejar de fumar apoyo psicológico e información sobre las posibles estrategias en relación a los diferentes tratamientos médicos-farmacológicos existentes con eficacia médica demostrada.
Entre todos debemos procurar el evitar en lo posible los efectos traumáticos y los problemas de convivencia que la aplicación de la Ley puede provocar. Es por ello que pedimos a todos un esfuerzo para que la adaptación se haga con la máxima serenidad.
Transitoriamente (en un periodo que puede oscilar entre uno y dos meses), los trabajadores que necesiten fumar dentro de la jornada de trabajo deberán solicitar permiso a su responsable para salir a hacerlo al aire libre. Todas las solicitudes y concesiones de permisos deberán estar basadas en el sentido común, intentando evitar al máximo los agravios entre compañeros.
Después de este periodo transitorio y tras el correspondiente análisis, la Dirección considerará la conveniencia o no de establecer la prohibición definitiva de salir fuera de fábrica dentro de la jornada laboral.
Escrito por DarkAngel el Miércoles, 21 de Diciembre del 2005 a las 6:32 pm
Este año se ha adelantado unos días…
He escuchado que este tipo de multas (ORA) se recurren fácilmente y normalmente no se pagan ya que los controladores no son agentes infractores y para denunciarte tienen que tener pruebas (fotografías, etc). ¿Sabeis si es cierto? ¿De qué importe será la multa?
Estoy buscando por internet formatos para recurrirla y lo mejor que encuentro es esta web: Todomultas.
¿Sabeis si esto dá resultado? ¿Conoceis más webs de estas?
Escrito por DarkAngel el Martes, 20 de Diciembre del 2005 a las 8:42 pm
Impresionante… se saca un moco delante de todo el mundo, no se dá cuenta nadie y por si acaso manda las pruebas muy lejos con una “toba” para que nadie pueda incriminarle… ¡Ahhh! y para terminar se limpia por si queda algún resto…
Escrito por DarkAngel el Sábado, 17 de Diciembre del 2005 a las 8:15 pm
Google video es un sitio web para colgar tus videos, aunque yo prefiero YouTube. Pero bueno, he encontrado unos cuantos enlaces que me han gustado bastante…
Como ya sabeis de videos anteriores me gustan mucho los concursos japos, este no lo había visto antes, es buenísimo…
Escrito por DarkAngel el Jueves, 15 de Diciembre del 2005 a las 4:00 pm
Al igual que todos los años, mañana celebramos en mi curro la “comida de empresa”. O sea, que entre que saldré pronto y que voy a llegar tarde para ir al dentista se puede decir que mañana no voy a currar nada…
Lo de las comidas de empresa siempre es lo mismo (por lo menos en donde yo he currado) ¿Por qué se empeñan siempre en ir a un restaurante que está a tomar por culo?. Al principio creía que era por los precios, pero sé que no porque yo puedo ver las facturas de mi empresa y pagan una burrada por la comida (bueno, no sé si pagaremos más por la comida o por la bebida).
Con esto lo único que consiguen en que todo el mundo tenga que llevar coche, y ya se sabe que en estas fechas hay un montón de controles, y no se libra ni el Tato…
La verdad que es una putada. Con unas cañitas antes de la comida, un cafetito, copa, puro y otra copita (para acabar el puro), das un “aprobado alto” en el control…
Y así va todo el mundo acojonado conduciendo, que a nada que ves unas luces o frenas o sales por el primer desvío; aunque sea una ambulancia… Además hay que añadir los nuevos métodos para acojonarnos del todo:
Ves esto en la carretera y es más peligroso el frenazo que das, que la velocidad que llevabas…
Pero es lo mismo de siempre, primero que hagan el control a sus propios compañeros y después al resto…
Ahora en serio, tener mucho cuidadín si tomáis unas copitas, que es mejor pillar un taxi que el coche…